EUROSISTEMA Y SEBC (1)
El SEBC y el Eurosistema
El Eurosistema es la autoridad monetaria de la zona del euro y está integrado por el Banco Central Europeo (BCE) y los bancos centrales nacionales de los Estados miembros cuya moneda es el euro. Su objetivo primordial es mantener la estabilidad de precios.
El Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) está formado por el BCE y los bancos centrales nacionales de todos los Estados miembros de la Unión Europea (UE), hayan adoptado el euro o no.
El Eurosistema y el SEBC seguirán coexistiendo mientras haya Estados miembros de la UE que no pertenezcan a la zona del euro.
El Tratado de la Unión Europea (TUE) asigna al SEBC el objetivo primordial de mantener la estabilidad de precios y "apoyar las políticas económicas generales de la Comunidad". Sin embargo,mientras haya países que no hayan adoptado el euro, es el Eurosistema el que lleva a cabo las funciones encomendadas al SEBC:
Definir y ejecutar la política monetaria única.
Realizar operaciones en divisas coherentes con la política cambiaria establecida.Poseer y gestionar las reservas oficiales de las divisas de los Estados miembros
Promover el buen funcionamiento de los sistemas de pago en la zona del euro.
Contribuir a la buena gestión de las políticas de supervisión prudencial de las entidades de crédito y a la estabilidad del sistema financiero.
Autorizar la emisión de billetes de banco en la eurozona.
El BCE
El BCE es un organismo supranacional, con personalidad jurídica propia de acuerdo con el derecho público internacional, que constituye el núcleo del Eurosistema y del SEBC.
El BCE es un organismo supranacional, con personalidad jurídica propia de acuerdo con el derecho público internacional, que constituye el núcleo del Eurosistema y del SEBC.
El BCE se creó el 1 de junio de 1998 en Fráncfort y desde el 1 de enero de 1999, se hace cargo de la instrumentación de la política monetaria de la zona del euro.
Composición | Elección | Mandato | Responsabilidades | |
---|---|---|---|---|
Consejo de Gobierno |
| Según legislación de cada Estado | No inferior a 5 años | Decisiones de política monetaria |
Comité Ejecutivo |
| Estados miembros, de común acuerdo | 8 años no renovables | Puesta en marcha de la política monetaria, según instrucciones del Consejo de Gobierno |
Consejo General |
| Seguimiento política monetaria y cambiaria países no UEM |
Los Bancos centrales nacionales
Los bancos centrales nacionales tienen personalidad jurídica propia, según la legislación nacional de sus respectivos países.
Los bancos centrales nacionales de la zona del euro integran el Eurosistema y, como tales, ejecutan las funciones que tienen encomendadas con arreglo a las normas establecidas por el BCE.
Los bancos centrales nacionales pueden ejercer de manera autónoma otras funciones ajenas al Eurosistema, siempre que el Consejo de Gobierno considere que no interfieren en las tareas y objetivos del Eurosistema.
Juego Top Floor
Cuestionario (el mismo que en 2.1)
Para ampliación sobre el BCE y Eurosistema
Vídeos: Material producido por el Banco Central Europeo (BCE)
Juego Top Floor
Cuestionario (el mismo que en 2.1)
Para ampliación sobre el BCE y Eurosistema
Nota: solo los miembros de este blog pueden publicar comentarios.